A continuación, un
resumen de la reglamentación vigente sobre la
práctica de la Pesca Deportiva y sobre la obtención
de Licencias de Pesca.
La licencia de pesca
Deportiva, habilita a quien la posee para capturar
una o más especies en un área determinada y
conforme a las normas establecidas.
Las licencias son
otorgadas por el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca),
son personales e intransferibles y deben ser portadas
durante la práctica de la actividad, en caso de ser
requerida por un funcionario del servicio,
inspectores ad-honorem, personal de la Armada o
Carabineros de Chile, según corresponda a la
jurisdicción de cada una de estas instituciones.
Existen tres tipos
de licencias de acuerdo al área en donde ésta se
realice: Aguas Continentales (comprende aguas
terrestres e interiores); Aguas
Marítimas (comprende
el mar
territorial y la zona económica exclusiva),
y Áreas Protegidas (ríos Cuimilahue,
Pescado y Sur).
Las licencias tienen un año de vigencia a contar de
la fecha de emisión. Para obtenerlas hay que
presentar la cédula de identidad o el pasaporte en
el caso de los extranjeros.
La licencia indicará el nombre completo del
solicitante, número de cédula de identidad o del
pasaporte, nacionalidad, áreas de pesca, especies a
capturar y la vigencia.
Las personas
naturales y los dependientes o socios de personas
jurídicas que se dediquen a la
enseñanza, instrucción o la
guía en terreno de actividades relacionadas
con la pesca deportiva deberán contar con la
licencia que corresponda otorgada por Sernapesca.